A finales de 2021, el Consejo de Ministros aprobó algunas modificaciones sobre la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para adecuar la norma nacional a las actualizaciones europeas en esta materia. Esta actualización de la PAC tendría vigencia a lo largo de 2022, un periodo de transición antes de que entre en vigor la nueva Política Agraria Común de la Unión Europea (UE), que tendrá validez entre 2023 y 2027.
El Gobierno realizó estas modificaciones a la Política Agraria Común actual a través de un real decreto que modificaba otros tres decretos de 2014. La actualización de la PAC para 2022 se refiere a la aplicación de la norma, y se prevé que, gracias a estos cambios, los agricultores y ganaderos españoles reciban unos 7.425 millones de euros en ayudas.
La cantidad prevista de estas ayudas de la PAC para este año se refiere tanto a las ayudas directas procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), como a las actuaciones del segundo pilar de la PAC (concebidas para promover el desarrollo de las zonas rurales de los países miembros de la UE) que financia el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER).
Se modifica el real decreto 1075/2014 sobre la aplicación de la PAC, sobre todo en cuanto a cuestiones como la manera en que se define el coeficiente de admisibilidad de pastos, el cómputo de animales elegibles para los ganaderos que comiencen su actividad, las denominaciones de calidad para las legumbres, y los plazos de presentación de solicitudes.
Además, se varía el real decreto 1076/2014 sobre asignación de derechos de régimen de pago básico, y el 1078/2014 que establece la condicionalidad (normas y requisitos para la concesión de la subvención).
La actualización de la PAC solamente estará vigente en el presente ejercicio, el último del periodo transitorio entre la PAC 2014-2020 y la nueva PAC 2023-20271. A partir del 1 de enero de 2023, se pondrá en marcha el Plan Estratégico nacional de esa nueva Política Agraria Común.
Los objetivos de la nueva norma europea son mejorar la vida en las zonas rurales, reforzar la resiliencia del sector y también la atención al medio ambiente y la acción por el clima. Entre los principales aspectos de la nueva PAC de la UE se encuentran una clara apuesta por la sostenibilidad y un planteamiento basado en los resultados, dos aspectos en consonancia con nuestras Soluciones para Crecer.
Modificaciones de la Política Agraria Común para 2022
El decreto que modifica la PAC 2022 se refiere principalmente a las siguientes cuestiones:
- Se cambia la definición de “coeficiente de admisibilidad de pastos” para que las Comunidades Autónomas tengan la posibilidad de establecer un valor mínimo de coeficiente por debajo del cual dicha superficie no será considerada subvencionable.
- Se modifican las ayudas a los ganaderos con la aclaración sobre el procedimiento de cómputo de animales elegibles para quienes comienzan su actividad. De este modo, se permite que la autoridad competente pueda aplicar la opción más beneficiosa para los solicitantes.
- Se simplifica la gestión para las entidades acreditativas o los consejos reguladores de denominaciones de calidad para las legumbres. En caso de que las autoridades competentes ya dispongan de esta información, no será necesario que se remita anualmente el NIF de los agricultores inscritos o que estén en trámite de inscripción, ni tampoco la superficie registrada por cada uno de ellos.
- El Fondo Español de Garantía Agraria O. A. (FEGA) dará publicidad al catálogo de cultivos en cuanto comience el plazo de presentación de la solicitud única, de modo que los agricultores puedan realizar la declaración correctamente. En el caso del cultivo del cáñamo, además de la solicitud, deberá presentarse la autorización emitida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios o bien una prueba del contrato formalizado con la industria transformadora.
- La normativa europea permite ahora que los estados miembros puedan fijar los plazos de presentación de las solicitudes. Para establecer unos plazos comunes a nivel nacional, ofreciendo así las mismas oportunidades a todos los agricultores, se fija como fecha límite para la presentación de la solicitud única el 30 de abril (hasta el 31 de mayo para su modificación, y el 31 de agosto para su adaptación en los casos en los que se haya comunicado al solicitante alguna incidencia). Sin embargo, hay flexibilidad en las fechas, ya que se otorga a las comunidades autónomas la posibilidad de ampliar la fecha límite de presentación de la solicitud ante condiciones climatológicas cambiantes u otras circunstancias.
- En la asignación de derechos de régimen de pago básico, se modifica el mecanismo de convergencia con el objetivo de otorgar una adaptación más gradual de las explotaciones al futuro marco normativo de la nueva PAC, para que así la transición sea más suave.
- Por recomendación de la Comisión Europea, en las normas de condicionalidad, se modifica el anexo de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra. En concreto, se elimina la excepción que afectaba a las parcelas de cultivo de menos de una hectárea y las irregulares o alargadas cuya dimensión mínima en sentido transversal a la pendiente sea inferior a 100 metros.
1 https://www.consilium.europa.eu/es/policies/cap-introduction/cap-future-2020-common-agricultural-policy-2023-2027/